Este blog continúa con mis temas centrales y mis obsesiones cotidianas que toqué en innumerables ocasiones en Desde la Península y las inmediaciones de mi hamaca. A saber, la historia de la Península de Yucatán, la literatura, el quehacer político y la ciencia política, mis acercamientos anfractuosos con la poesía y la narrativa, el rescate de las memorias y el olvido aparente de lugares y personas. De algún modo, es un intento de modificar la realidad mediante los ejercicios literarios.
jueves, 29 de mayo de 2025
Contra el poeta curvatero y en recuerdo de la muerte por hambre de César Vallejo
miércoles, 7 de mayo de 2025
Comentarios al texto de un estudiante de Derecho indígena de origen huehuetleco
Comentarios al texto de Salvador Méndez
Dr.
Gilberto Avilez Tax
Universidad
Intercultural Maya de Quintana Roo
Hablar
de los pueblos indígenas es, antes que nada, lidiar con mucho bagaje de sentido
común que, como consecuencia de esa larga mirada colonial, se han cernido
contra ellos, a veces con una carga romántica difícil de cuestionar por lo que
implica de “políticamente correcto”, y otras más con unas deformaciones que
rozan el racismo epistémico. Contra eso, las nuevas generaciones de
intelectuales indígenas salidos de las comunidades mismas y que, como almácigo
necesario, se forman tanto intelectual como profesionalmente en las UIES
(Universidades Interculturales), deben y están obligadas a cuestionar. El
trabajo en proceso de Salvador Méndez, es un ejemplo de ello, pues el alumno,
por lo que he leído del planteamiento de su tema de estudio, pone como centro de
su análisis a la mujer totonaca, para la comprensión de una cosmovisión
indígena actual: el mundo de vida de los huehuetlecos.
En
la mejor tradición de la antropología jurídica establecida por estudios
clásicos como el trabajo que coordinó en su momento Esteban Krotz,[1] o las propuestas de
derechos indígenas con corte de género, como los estudios de Chenaut, María
Teresa Sierra, se ha cuestionado los espacios cerrados del derecho positivo, su
poca familiaridad con el contexto histórico, antropológico y sociológico en
donde se desenvuelve el entramado jurídico: la cambiante realidad social. Sin
embargo, y para cuestionar una ya olvidada posición “neutra” de la antropología
comprometida, creo que el trabajo de Méndez se presenta con un dejo
humanístico, ya que plantea que algunas manifestaciones de “la costumbre”,
lejos de crear comunidad, divide, aherroja y segrega. ¿Podemos los estudiosos
del derecho indígena seguir en la estela de invisilidad de derechos en que se
encuentran buena parte de las mujeres indígenas del país? Imponer amigablemente
una percepción antropológica a un logos machista invocando a la “costumbre”, es
algo que nunca he compartido, y Méndez creo que tampoco. En este sentido, creo
que habría que volver nuevamente, con ojos más críticos y con los nuevos
aparatos teóricos de las actuales ciencias sociales, a los trabajos pioneros de
Aguirre Beltrán y la escuela indigenista, tantas veces execrados por “de eso
que llaman” antropología “comprometida” en purificar y dejar prístino lo que
nunca ha sido: el mundo abierto y movible de las comunidades indígenas, la
siempre yuxtaposición de encuentros y desencuentros, el mestizaje que se dio no
solamente con la “extraña” cultura que vino en los barcos a partir de 1492,
sino hasta con los contactos intra-mesoamericanos, como la nahuatlización
ocurrida en la Península de Yucatán con las avanzadas “putunes”.
No
se me mal entienda que pugno
nuevamente, de forma anacrónica y desfasada, por un regreso al indigenismo
clásico. Sin embargo, creo que el alumno tiene que distinguir este recorrido
antropológico para plantear preguntas y formular respuestas. Se ha distinguido
dos tipos de antropología mexicana en el decurso del siglo XX: por un lado, se
encuentra la antropología acrítica indigenista, que sirvió al Estado mexicano
nacido de la revolución mexicana, para llevar a cabo sus planes de “desarrollo
económico”, y cuyas líneas de acción se centraban en “integrar” a los pueblos
indígenas a la nueva nación que se forjaba en el crisol de la homogeneización
estatal. Por otro lado, la antropología crítica que vio la luz en 1970, con la
publicación de un pequeño libro de título novelesco: De eso que llaman antropología mexicana. Ese libro fue influenciado
por la “nueva sociología” mexicana cuyo epítome fue La democracia en México (1965),
de Pablo González Casanova, en donde se teorizaba sobre el colonialismo
interno de las élites mexicanas con los distintos grupos subordinados como
el campesinado y los pueblos indígenas. Sin embargo, lo que comenzó como
cuestionador del dogma indigenista, se parapetó en otro dogma, el culturalistamente
político, hasta el punto de criticar la infraestructura básica –carreteras,
electricidad, etc.- que el Estado mexicano realizaba en las regiones indígenas.
Entre estas dos percepciones y proposiciones dualistas y excluyentes, está la
importancia del diálogo intercultural entre el derecho positivo y la
sensibilidad (no acrítica) que posibilita la antropología jurídica de las
comunidades actuales.
En
ese sentido, el trabajo intercultural de Méndez gira en torno a presentar las
voces de las mujeres de Huehuetla sobre tópicos de la “costumbre machista”, del
patriarcado indígena. Es un intento loable por crear, con nuevas
reinterpretaciones presentadas por las mismas mujeres huehuetlecas, una
comunidad más incluyente y respetuosa de las cuestiones de género. Si existe un
“deber cultural” de las mujeres huehuetecas, las nuevas generaciones de
huehuetlecos tienen un nuevo deber: dejar de verlas como "úteros generadores de
vida y continuidad”, y empezar a verlas, siguiendo a Méndez, como complementos
irradiantes de las constantes recreaciones culturales de la cultura huehuetleca.
[1] Krotz, Esteban. 2002. Antropología
jurídica: perspectivas socioculturales en el estudio del derecho, España,
Anthropos y Universidad Autónoma Metropolitana.
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